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PostHeaderIcon Más de 50.000 euros de indemnización a una trabajadora en España por ser obligada a fichar con reconocimiento facial


Una empresa en España deberá pagar más de 50.000 euros de indemnización a una trabajadora por obligarla a fichar con reconocimiento facial, sistema al que se negó por considerarlo invasivo.




Una empresa tendrá que indemnizar con más de 50.000 euros a una trabajadora que se negaba a utilizar el sistema de reconocimiento facial para verificar su jornada laboral.

Los sistemas biométricos se están imponiendo frente a las contraseñas en el desbloqueo de los móviles, pero también como forma de verificación entre empresas y trabajadores. Una compañía ahora se enfrenta a una multa de más de 50.000 euros.

Una trabajadora tenía que utilizar reconocimiento facial en el sistema de control horario. A pesar de disponer de otros métodos menos intrusivos como una tarjeta de empresa, la compañía apostaba por esta medida.

La mujer ha denunciado el caso asegurando que la empresa vulnera la seguridad de sus datos biométricos. El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) ha dado la razón a la trabajadora en una larga batalla legal.

Controles biométricos entre los trabajadores

Algunas empresas no quieren problemas, prefieren asegurarse de que sus trabajadores fichan adecuadamente mediante un sistema tan personal como el reconocimiento facial. Ningún compañero podría usar sus credenciales para confirmar el inicio y fin de su jornada laboral.

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha condenado esta práctica para el control horario de los trabajadores. La sentencia aclara que existían otros medios menos intrusivos para confirmar la asistencia de los empleados.

El TSJG recuerda que el uso de este tipo de sistemas de control biométrico solo puede justificarse cuando sea estrictamente necesario, es decir, no había otra forma de verificar la jornada laboral del trabajador.

La empresa no puede obligar a los empleados a utilizar sistemas como el reconocimiento facial para el control de la jornada. Esta práctica es ilegal y atenta contra los derechos fundamentales de la persona trabajadora, la compañía no pudo demostrar que el uso de este método era imprescindible.

Una indemnización de 53.766 euros

El Tribunal Superior de Justicia de Galicia confirma que la empresa ha realizado un uso ilegítimo de los controles biométricos. La sentencia es clara y da la razón a la trabajadora, que había sido despedida de la compañía.

La mujer recibirá una indemnización de 46.266 euros, a lo que se añaden 7.500 euros en concepto de daños morales por vulnerar la privacidad de la empleada. La trabajadora tendrá que pagar un total de 53.766 euros por hacer un uso indebido de los sistemas de reconocimiento facial.

Además, la sentencia incide en un aspecto fundamental. Siempre es necesario el consentimiento expreso de la persona afectada y demostrar la necesidad real de utilizar estos sistemas frente a otros menos intrusivos.



Fuentes:
https://computerhoy.20minutos.es/ciberseguridad/mas-50-000-euros-indemnizacion-una-trabajadora-espana-por-ser-obligada-fichar-con-reconocimiento-facial_6932208_0.html

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