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PostHeaderIcon En España será ilegal fotocopiar el DNI (Documento Nacional de Identidad)


La Agencia Española de Protección de Datos considera que esta es una mala práctica que llevan a cabo hoteles e instituciones. Multas de hasta 100.000 euros por fotocopiar o fotografiar el DNI.


 

 

 El Documento Nacional de Identidad (DNI) contiene una serie de datos personales que se requieren para realizar la mayoría de trámites. Es frecuente que ante la llegada a un hotel, por ejemplo, en recepción se pida el DNI al huésped para fotocopiar. Pues esta es una mala práctica según señala la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que en algunos casos puede implicar una multa de 100.000 euros. 

 


Sin embargo, los hoteles no son los únicos lugares en donde los usuarios se encuentran con que tienen que dejar su DNI para fotocopiar o que piden que se envíe una foto, esto también ocurre en algunas instituciones públicas, e incluso en los bancos. El objetivo es identificar a la persona pero bastaría con solo enseñarlo, ya que si se hace una copia, según la AEPD se genera un importante riesgo para la seguridad del ciudadano.

Por qué sería ilegal fotocopiar el DNI

La advertencia de la Agencia Española de Protección de Datos apunta a que en muchos casos se pide una fotocopia del DNI y no es realmente necesario. Cada vez más se ha ido generalizando este práctica para hechos tan simples como recibir un paquete en casa, un duplicado de la tarjeta SIM del teléfono u otras situaciones, más comunes como la de registrarse en un hotel. Por este motivo, la AEPD da la alerta y advierte de que se están tratando datos sensibles de las personas que pueden provocar estafas e incrementar la ciberdelincuencia.

¿Es realmente necesario pedir una fotocopia del DNI?

La AEPD señala que "si existen otras medidas menos gravosas que cumplen con el fin de la identificación, lo recomendable es abstenerse de fotocopiar el DNI de una persona". Debido a que "su uso indebido o sin las garantías suficientes puede tener múltiples efectos desfavorables para el titular de los datos". Se trata de cumplir con el principio de "minimización de datos".

Este principio está recogido en el artículo 5 del Reglamento General de Protección de Datos y hace referencia a que los datos deben ser «adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados«. No cumplir con este principio, puede generar multa de miles de euros a las empresas.

Multas de hasta 100.000 euros de la AEPD

En conclusión, solicitar el DNI y fotocopiarlo es una práctica que no puede hacerse de forma general, ya que la AEPD considera que los datos que se deben solicitar al usuario son los estrictamente necesarios para el fin que se piden y el DNI contiene mucha información, más allá del nombre y apellidos o número. Tener esta información podría facilitar, por ejemplo, la suplantación de identidad de una persona para cometer algún delito.

Hasta el momento, la multa más alta que se ha impuesto por considerar que esta práctica es ilegal, alcanza los 100.000 euros. Existen otros casos, como el del hotel Marins Playa, empresa a la que se ha multado con 30.000 euros por esta práctica y el caso de Orange, que tuvo que pagar en marzo de 2023, 100.000 euros porque solicitaban una copia de ambas caras del DNI para entregar sus paquetes.

Fuente: Huffingtonpost

 


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